Acuerdo de seguridad y soberanía alimentaria de los países miembros de PETROCARIBE y el ALBA. ALBA alimentos

Los países representados por los Jefes de Estado y de Gobierno de PETROCARIBE y la Alternativa Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América (ALBA), en adelante denominados “las Partes”.

REAFIRMANDO los principios de complementariedad, cooperación, solidaridad y soberanía en la búsqueda de soluciones para alcanzar el Desarrollo Agropecuario y el Desarrollo Rural Integral en los países de la región, que posibiliten la Seguridad y Soberanía Alimentaria de nuestros pueblos, trabajando de forma mancomunada y uniendo esfuerzos y voluntades en el espíritu de la Alternativa Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América como elemento integrador.

ENTENDIENDO la Seguridad Alimentaría como la disponibilidad suficiente y estable de alimentos, y el acceso oportuno y permanente por los pueblos,

CONSIDERANDO que la Soberanía Alimentaría se define como el derecho de los pueblos, de sus países, o uniones de estados a definir su política alimentaría frente a países terceros, dejando a un lado las políticas desleales del comercio internacional y evitando la producción de alimentos para combustibles.

INTERESADOS en incrementar cuanto antes la producción agrícola para mitigar el hambre y la desnutrición, disminuir y erradicar la pobreza existente en nuestras naciones, agravados por los altos precios de los alimentos y la decisión de algunos países de convertirlos en combustible.

CONSIDERANDO la importancia estratégica, social y humana que tiene para la región contar con mecanismos eficientes y solidarios, dirigidos a garantizar la Seguridad y Soberanía Alimentaria de los pueblos, implementando acciones concretas que garanticen el acceso oportuno, suficiente, a precio justo y estable a los alimentos básicos.

RECONOCIENDO la necesidad de sustentar planes de desarrollo agrícola integrales y proyectos productivos como estrategia para enfrentar la crisis alimentaria que afecta a los pueblos, fortaleciendo la producción interna de cada país.

TOMANDO EN CUENTA la urgencia de contar con una nueva concepción de intercambio, de cooperación científico técnica, de integración productiva, acceso a insumos productivos fundamentales y de inversiones para la producción de alimentos.

RATIFICANDO la voluntad política y el interés en impulsar la producción sustentable de alimentos, expresados en la Reunión de Jefes de Estado y de Gobierno, celebrada en la ciudad de Maracaibo, Venezuela el 13 de julio del 2008, donde fue creado el Consejo de Ministros y Ministras de Agricultura como la máxima instancia permanente de la Iniciativa del Fondo Petrolero para la producción de alimentos, que tuvo su primera Reunión en Tegucigalpa, Honduras el 30 de julio del 2008.

CONSIDERANDO que el Fondo Petrolero estará destinado a financiar programas y proyectos de producción e innovación agropecuaria en los países miembros de la región para enfrentar la crisis alimentaria, impulsando el desarrollo rural integral, la producción sustentable de alimentos, los procesos de transformación y su distribución e intercambio, bajo los principios de la solidaridad, complementariedad, cooperación, justicia social, reciprocidad y equidad.

COMPROMETIÉNDOSE a no utilizar los alimentos provenientes de estos Fondos en la producción de agrocombustibles.

Suscriben el siguiente,

Acuerdo de Seguridad y Soberanía Alimentaria:

ARTÍCULO I

Objetivos

El presente Acuerdo tiene por objeto establecer el marco institucional para crear la iniciativa Regional ALBA-ALIMENTOS, y coadyuvar al desarrollo de las Partes de un proceso amplio y sostenido de cooperación, complementariedad e integración, que contribuya a garantizar la Seguridad y Soberanía Alimentaría de las mismas.

El objeto del presente Acuerdo se logrará mediante:

1.  Desarrollo de acciones, en el marco de la Iniciativa ALBA-ALIMENTOS, que conduzcan a elevar la producción de alimentos de manera sustentable, para el autoabastecimiento nacional de cada una de las Partes. De existir excedentes, estos se redistribuirán mediante mecanismos de distribución e intercambio entre los países miembros de PETROCARIBE y El ALBA, en las condiciones que se acuerden.

2.  Orientación de iniciativas para el fortalecimiento de sectores productivos organizados y no organizados, las comunidades campesinas, indígenas originarias y afro descendientes.

ARTÍCULO II

Líneas Estratégicas de desarrollo e investigación científico –

técnica de ALBA-ALIMENTOS

Las Partes, mediante ALBA – ALIMENTOS, como marco institucional de políticas y planes agroalimentarios, disponen la realización de proyectos orientados a la producción sustentable de alimentos bajo el principio del uso racional y eficiente de los recursos naturales y energéticos de los países de la región, en beneficio directo de sus habitantes para mejorar su calidad de vida, para lo cual han propuesto:

Líneas estratégicas de desarrollo

a) Establecimiento de estrategias de uso, manejo y conservación del suelo, agua, biodiversidad agrícola a niveles nacional y regional, con fines productivos.

b) Conservación, mejoramiento y desarrollo de un sistema de intercambio y propagación segura de los recursos fito y zoogenéticos de los países miembros de PETROCARIBE y El ALBA.

c)  Establecimiento de un sistema para la producción e intercambio de material de propagación (semillas botánicas y agámicas) de los principales cultivos agrícolas de los países miembros de PETROCARIBE y El ALBA.

d) Establecimiento de un sistema para la producción e intercambio de pies de cría de ganado mayor y menor.

e) Establecimiento de estrategias fito y zoosanitaria, a niveles nacional y regional.

f) Desarrollo de programas y proyectos integrales para la producción de alimentos básicos: arroz, maíz, frijoles, oleaginosas, hortalizas, frutas, carnes, leche, y otros que se decidan por interés de los países.

g) Desarrollo de programas integrales para el manejo, beneficio, conservación y transformación de productos agrícolas.

h) Desarrollo de capacidades agroindustriales.

i) Desarrollo y fortalecimiento de la infraestructura de apoyo a la producción agrícola.

j)  Desarrollo de un sistema para la creación y fortalecimiento de capacidades de asistencia técnica, capacitación, intercambio de experiencias, innovación, ciencia y tecnología, a niveles nacional y regional.

k)  Establecer sistemas de distribución e intercambio, teniendo como base los principios del comercio justo.

Estudio sobre la situación agroalimentaria de la región

Con la intención de minimizar los efectos negativos que, sobre los países de la región, tienen los costos asociados a la producción de alimentos, originados por tecnologías inapropiadas, factores especulativos y geopolíticos, de manera tal que se permita el aprovechamiento de la complementariedad económica, social y cultural, para disminuir las asimetrías de las Partes, se aprueba:

a) Elaborar la matriz agroalimentaria de la región y el plan estratégico para su desarrollo.

b) Impulsar y/o intercambiar la matriz agroalimentaria de cada país.

c) Evaluar la eficiencia de las cadenas productivas en los principales rubros agroalimentarios básicos.

d) Estimar el impacto de los costos de la factura de alimentos.

e) Estudiar la naturaleza y magnitud de los riesgos relacionados con el entorno local, regional e internacional, como los vinculados al cambio climático, para la producción agroalimentaria.

f) Determinar la infraestructura y logística asociada a la matriz agroalimentaria.

ARTÍCULO III

Plataforma Institucional

ALBA-ALIMENTOS está conformada por los siguientes órganos de decisión:

I.- La Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de los países miembros de PETROCARIBE y el ALBA.

II.- El Consejo de Ministros y Ministras de Agricultura o sus equivalentes de los países miembros de ALBA-ALIMENTOS

III.- La Secretaría Técnica Ejecutiva

IV.- La Empresa Gran – Nacional ALBA ALIMENTOS.

La organización, funcionamiento y atribuciones de los Órganos de decisión establecidos en el presente Artículo, se regirán según los Estatutos de ALBA-ALIMENTOS contenidos en el Anexo I del presente Acuerdo.

Estos órganos establecerán un mecanismo de consulta y participación con sectores productivos organizados y no organizados, las comunidades campesinas, indígenas originarias y afro descendientes, para el desarrollo y ejecución de los proyectos en el marco de la iniciativa.

ARTÍCULO IV

Financiamiento

El financiamiento para llevar a la práctica los programas, acciones y proyectos realizados en el marco del ALBA-ALIMENTOS, en aras de contribuir al avance de la Seguridad y Soberanía Alimentaria de nuestros pueblos, provendrá de:

a) Fondo Petrolero para la Producción de Alimentos, en el marco de la iniciativa PETROCARIBE.

b) Los créditos que se gestionen,

c) Las donaciones que se reciban,

d) La recuperación de los financiamientos retornables,

e) Otros fondos que se reciban para incorporarlos a este fin.

Estos recursos serán colocados en el Banco del ALBA y se administrarán en consonancia a lo acordado en este Acuerdo.

ARTÍCULO V

Sede

La sede de ALBA-ALIMENTOS será la ciudad de Caracas, República Bolivariana de Venezuela.

ARTÍCULO VI

Idiomas

Los idiomas oficiales de ALBA-ALIMENTOS serán el inglés, el francés y el castellano.

ARTÍCULO VII

Solución de Controversias

Las dudas y/o controversias que pudieran surgir con motivo de la interpretación o aplicación del presente Acuerdo, serán resueltas de manera pacífica y mediante negociaciones directas entre las Partes, por la vía diplomática.

ARTÍCULO VIII

Depositario

El Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores de la República Bolivariana de Venezuela será el depositario del presente Acuerdo, en cuyo poder reposará el instrumento original y remitirá una copia certificada a cada una de las Partes.

Asimismo, notificará la entrada en vigor del presente Acuerdo y de sus enmiendas, para cada una de las Partes.

ARTÍCULO IX

Modificaciones

El presente Acuerdo podrá ser enmendado por consenso entre las Partes. A tal efecto, cualquiera de éstas podrá proponer enmiendas por escrito, las cuales enviará al depositario del presente Acuerdo, quien procederá de inmediato a comunicar las mismas al resto de las Partes, teniendo éstas un lapso de tres (3) meses para emitir sus consideraciones.

Una vez formado el consenso sobre las enmiendas propuestas, las mismas se someterán al conocimiento del Consejo Ministerial, para su aprobación definitiva.

Las enmiendas entrarán en vigor de conformidad con lo previsto en el Artículo IX.

ARTÍCULO X

Firma y adhesión

El presente Acuerdo quedará abierto a la firma de las naciones miembros de PETROCARIBE y el ALBA, en la sede del depositario desde la fecha de su suscripción hasta su entrada en vigor.

Después de esa fecha, quedará abierto a la adhesión de las demás naciones miembros de PETROCARIBE y el ALBA, las cuales depositarán el respectivo instrumento de adhesión en poder del depositario. Para estos Estados, el Acuerdo entrará en vigor treinta (30) días después de la fecha de depósito del instrumento de adhesión respectivo.

ARTÍCULO XI

Entrada en Vigor y Duración

El presente Acuerdo estará sujeto a ratificación y entrará en vigor en la fecha a partir de la cual el depositario haya recibido los instrumentos de ratificación de al menos una cuarta parte de los Estados que hayan suscrito el Acuerdo, y permanecerá vigente por un período de cinco (5) años, prorrogable automáticamente por períodos consecutivos.

ARTÍCULO XII

Denuncia

Cualquiera de las Partes podrá denunciar el presente Acuerdo mediante notificación escrita, dirigida al depositario, quien lo notificará a las demás Partes. La denuncia surtirá efecto seis (6) meses después de la fecha en que se haya recibido la notificación.

La denuncia del presente Acuerdo no afectará la ejecución de los programas, acciones y proyectos en curso, a menos que las Partes acuerden lo contrario.

Suscrito en la ciudad de Caracas, República Bolivariana de Venezuela a los dos (2) días del mes de febrero de 2009 en un ejemplar en los idiomas castellano, francés e inglés, siendo todos los textos igualmente auténticos.

Por la República de Bolivia, Evo Morales, Presidente

Por la República de Cuba, José Ramón Machado, Primer Vicepresidente

Por la Mancomunidad de Dominica, Roosevelt Skerrit, Primer Ministro

Por la República de Honduras, José Manuel Zelaya Rosales, Presidente

Por la República de Nicaragua, Daniel Ortega, Presidente

Por la República Bolivariana de Venezuela, Hugo Chávez Frías, Presidente

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